El Valor de las Canciones #3 (Letras)

 

También esta semana  la protagoniza un Derecho “estrella”, habida cuenta de que tiene que ver con dos mundos con los que el público está continuamente en contacto: los contenidos audiovisuales y la publicidad.

No tenemos que descubrirte hasta qué punto los anuncios, las películas, las series televisivas, etc. están presentes en nuestras vidas en estos días.

La cuestión es que esos audiovisuales y esas campañas  publicitarias hacen un uso masivo de música. Esto es muy positivo para los autores, dado que, una vez más son los autores quienes tienen que licenciar el uso de sus canciones en esos contenidos y esa autorización tiene un valor, que puede llegar a ser muy alto (no es raro ver pagos de 5 y 6 cifras por el uso de canciones en campañas publicitarias)

¿Cuál será esta semana nuestro tip Básico, Básico? Pues, por ejemplo, informarte del nombre de esta licencia.

Básico, Básico

La licencia para añadir una canción preexistente a un anuncio, una película, corto, documental,  serie de ficción, etc.,  se conoce como Licencia de Sincronización.

No existe una tarifa fijada para esta licencia, cada caso hay que negociarlo individualmente (a menos que la marca o la productora de audiovisual tenga un convenio marco con alguna editorial que le provea de todas las
músicas que precise, como sucedió en su momento entre Volkswagen y Universal)
Para tu información, hay dos casos de sincronización distintos en publicidad.

1.- Cuando se requiere una canción determinada, en una grabación ya existente, por ejemplo:

2.- Cuando se requiere una canción determinada, pero se desea regrabarla de nuevo por los criterios de marketing de la campaña publicitaria en cuestión. Un ejemplo claro podría ser éste:

En el primer caso, la agencia de publicidad tiene que pagar la licencia de sincronización tanto a la discográfica como a los autores.

En el segundo caso, dado, que no hay discográfica de por medio, sólo hay que pagar al autor o autores. Esto nos deja casi cantado, cantado nuestro imperdible de la semana, cortito pero jugoso:

En las Licencias de Sincronización de música con audiovisuales o publicidad, ¡el autor cobra siempre!

Echa un vistazo a las cifras y usos que cuenta este artículo y no olvides que, según ciertos estudios, se calcula que la demanda de licencias de sincronización aumenta más de un 10% por año.

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